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Debida diligencia europea: ¿fin de abusos corporativos?

12 de abril de 2024

Cuando entre en vigor la directiva europea de debida diligencia, afectaciones a los derechos humanos y al medio ambiente causadas por grandes empresas europeas podrán ventilarse en Europa.

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 Pobladores de El Estor, en Guatemala, protestan contra una empresa minera
Protestas en El Estor contra la empresa minera, octubre de 2021Imagen: Moises Castillo/AP/picture alliance

Una mancha roja, aceitosa y de olor ferruginoso apareció en la playa del lago de Izabal en Guatemala. Era marzo de 2017. No pasó mucho tiempo y los pescadores y los pobladores de El Estor se vieron afectados por la contaminación. Dos meses después, en la represión de la protesta por las actividades de una empresa minera de níquel, murió por disparos un pescador. Las autoridades negaron ser responsables de esa muerte, así como la contaminación minera, y los manifestantes y un periodista fueron acusados penalmente y detenidos. Según aseguran investigaciones posteriores, la empresa minera suizo-rusa Solway fue la causante de la contaminación.

Este caso, revelado en el reportaje Mining Secrets, publicado por un consorcio periodístico internacional, llegó a la comisión de derechos humanos del Parlamento Europeo en septiembre de 2022. Ahora que el periodista criminalizado fue liberado de cargos a finales de enero de 2024, el caso sirve de ejemplo. El momento es importante: dentro de pocos días, la Eurocámara aprueba la directiva de debida diligencia (CSDDD, por sus siglas en inglés) para empresas europeas y para las que operen en territorio comunitario.

Cuando entre en vigor

¿Ayudaría la CSDDD (Corporate Sostenibiliy Due Diligence Directive) en casos como este? "Sí, porque, aunque la empresa no es del ámbito de la UE, si tiene más de 1000 empleados y un volumen de negocios de 450 millones anuales y quiere comerciar con Europa, debe acogerse a la directiva”, responde a DW María Bardolet, responsable de empresas y derechos humanos de Oxfam Intermón. Es decir, la minera deberá responder por los daños ambientales causados y reparar a las víctimas.

Hay que resaltar que los acontecimientos de El Estor y el acoso a las comunidades maya q´eqchi´ se dieron con apoyo del Gobierno de Guatemala. ¿Podría una empresa, entonces, decir que si las autoridades nacionales, han estado de acuerdo, ella está libre de responsabilidad? No es tan fácil, explican a DW fuentes europeas. El mismo Estado de Guatemala ha ratificado convenios de la OIT, como el de la consulta previa.

"Las comunidades afectadas pueden acudir a la justicia guatemalteca, claro”, sigue Bardolet. Pero es el mismo sistema nacional de justicia el que apoyó a la empresa en cuestión en contra de los derechos de las comunidades.  Por eso, "la CSDDD ofrece la posibilidad de traer ese caso a tribunales europeos. Y las comunidades pueden ser representadas legalmente por organizaciones de la sociedad civil y sindicatos”, puntualiza la especialista de Oxfam.

¿Vaso medio lleno o medio vacío?

Con todo, la largamente negociada CSDDD no es todo lo que se esperaba. En el trayecto de su aprobación, se ha ido descafeinando. "En nuestra opinión, uno de sus mayores fallos es que no aplica para el sector financiero: bancos y fondos de inversión. El poder que tienen es inmenso y sería esencial obligarlos a la diligencia debida”, explica Bardolet. Es decir, a prevenir impactos ambientales y sociales de sus inversiones.

El vaso, entonces, puede verse medio vacío o medio lleno: el ámbito de operación de la directiva incumbe solamente a unas 5000 empresas europeas. Sectores de riesgo, como la agroindustria y el textil -que estaban previsto incluirlos a partir de los 250 empleados- tampoco se verán obligados a asegurar la diligencia debida. Por eso, en la conferencia "Business and Human Rights”, organizada por el bloque socialista de la Eurocámara, se planteó qué se puede hacer ahora para evitar abusos corporativos. 

Siguientes pasos

"En un mundo globalizado, las empresas transnacionales tienen un peso sin precedente. No podemos quedarnos en el ámbito europeo”, afirmó Udo Bullman, presidente de la comisión de Derechos Humanos. "No se trata de sancionar a las empresas, sino de proteger a las personas y al medio ambiente. Tenemos que avanzar en instrumentos vinculantes a nivel de las instituciones internacionales”, subrayó Bullman, refiriéndose al tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos que se negocia en la ONU desde hace diez años.

"Ese sería el ideal. Hasta ahora, la UE ha puesto toda su energía en su directiva; si quiere abanderar el cambio, debe involucrarse de verdad en el tratado vinculante”, afirma Bardolet. Si se tiene en cuenta que la CSDDD comenzará a entrar en vigor apenas en 2027 para las empresas más grandes (en 2028 para las de 3000-5000 empleados y en 2029 para las de 1000-3000), habría que esperar aún décadas para que se lograse un tratado internacional. 

"Quizás sería más factible considerar una normativa específica para el sector financiero”, afirma Bardolet, avizorando ya la siguiente legislatura (2024-2029). Por lo pronto, "algo interesante que sí ha entrado en la CSDDD es que obliga a las empresas, como los supermercados, a revisar cómo presionando por precios bajos, impactan en los derechos humanos”, concluye.(ms)